La compra pública en Costa Rica: perspectivas y desafíos al 2026

La compra pública en Costa Rica: perspectivas y desafíos al 2026

Al alcanzar el umbral del año 2026, el ecosistema de la contratación pública en Costa Rica atraviesa una etapa que podríamos definir como de maduración crítica. Tras la entrada en vigor de la Ley General de Contratación Pública (LGCP), desde finales del año 2022 (parece que fue ayer) el sistema ha superado su fase de infancia normativa para entrar en un proceso de asentamiento que, si bien es necesario, no ha estado exento de turbulencias interpretativas y retrocesos institucionales. En general, el avance es muy positivo, en relación en las situación anterior, al menos.

La maduración inconclusa: Desglose vs. Detalle / Estudios de mercado y razonabilidad de precios.

A pesar de que la LGCP pretendía unificar criterios, observamos con preocupación cómo conceptos fundamentales siguen en una construcción perpetua, en el caso de algunas entidades compradoras de gran tamaño. Un punto de fricción constante para el sector empresarial es la persistente confusión administrativa entre el desglose del precio y el detalle de la oferta. Es consulta recurrente de las empresas, porqué la entidad compradora está pidiendo el presupuesto detallado en una mejora de precios.

Así, resulta tal vez extraño estas alturas, que diversas instituciones sigan “dando palos de ciego”, exigiendo requisitos que trascienden la razonabilidad o confundiendo la estructura de costos con la descripción técnica del objeto. Esta falta de pericia técnica somete a los oferentes a decisiones arbitrarias que contravienen el principio de seguridad jurídica. La Administración debe comprender que la rigidez formalista en la estructura de precios no puede ser un obstáculo para la eficiencia, ni un portillo para descalificaciones injustificadas que lesionan la libre competencia.

Los estudios de mercado, concepto citado más del 40 veces en el Reglamento a la Ley, son un dolor de cabeza para las entidades, quienes buscan capacitación sobre el tema concreto; pero nadie puede cambiar la realidad: el Reglamento no es compatible con la realidad de las limitaciones de diverso tipo para hacer esos ejercicios. El asunto sigue en proceso, somo los estudios de razonabilidad de precio.

El fracaso de la unificación y el activismo judicial

Uno de los pilares de la reforma de la contratación pública, en línea con las mejores prácticas internacionales fue la unificación del régimen jurídico bajo un solo cuerpo normativo. No obstante, debemos aceptar con realismo —y cierta desazón— que este objetivo ha fracasado parcialmente. La posición de la Sala Constitucional, al permitir exclusiones de entes públicos en el caso del Instituto Costarricense de Electricidad, ha abierto “portillos” que desdibujan el espíritu de la ley. Bastó una acción de inconstitucionalidad, para derribar parte del marco conceptual de la reforma.

Desde una perspectiva jurídica, este legislatismo de facto por parte de la Sala Constitucional no solo complica el mapa regulatorio. La fragmentación del régimen de compra pública es un retroceso en la lucha por la transparencia y la rendición de cuentas, y ahora el ICE tiene más fuerza para auto proclamarse “república independiente” alada por embajadas asiáticas unos años, luego los vientos del norte, y por lo que denomino guerrillas internas, feudos, incluso caos en algunos casos. Nada nuevo si vemos la historia en redes celulares, IPTV, data center, software institucional, etc. Pero no negamos el éxito y acierto en cientos de proyectos, así como el hecho de que el ICE es, y será, junto a la Caja Costarricense del Seguro Social, el gran comprador.

SICOP, inteligencia artificial y el big data

En la vertiente tecnológica, el avance es innegable, pero desigual. Si bien el uso intensivo del Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP) se ha consolidado en el grueso de la Administración Central, aún persisten reductos institucionales que se resisten a la plena digitalización.

El reto para este 2026 no es solo la conectividad, sino el buen uso de la Inteligencia Artificial (IA) y el Big Data. Estas herramientas deben servir para detectar colusiones, predecir necesidades de abastecimiento y garantizar la razonabilidad del precio mediante análisis comparativos masivos y sencillos (hoy los estudios de mercado son un dolor de cabeza tanto para la Administración por las limitaciones reales para hacerlos, como las los empresarios, cuando muchas veces estos estudios están mal hechos como los incompletos, ambiguos e irrelevantes y distorsionan los precios de referencia). Sin embargo, el riesgo de “algoritmos opacos” o sesgos en la automatización de la evaluación de ofertas es un desafío ético y legal que la Dirección de Contratación Pública debe tutelar. o ojalá liderar,  con celo.

 

Tema ausente en la campaña electoral

Al menos a nivel de debate público, nadie habla con seriedad de la compra pública como la herramienta más directa para controlar la calidad y eficiencia del gasto público, de estadísticas, métricas o resultados. Tal vez la candidata oficialista podría sacar provecho de los aciertos en diversos campos, en la buena forma en que, a brincos y saltos, el Ministerio de Hacienda, y la Dirección de Contratación Pública, van mejorando.

Recomendación estratégica: el compliance como salvaguarda

Para el empresario que desea navegar con éxito en este complejo escenario, la recomendación es clara: es imperativo arraigar la figura del cumplimiento normativo (compliance) en su estructura organizacional. La Ley General de Contratación Pública apunta por allí, y podemos relacionarlos con la de Responsabilidad de las personas jurídicas sobre cohechos domésticos, soborno transnacional y otros delitos N° 9699.

El conocimiento de las reglas por parte de la parte de operación, ventas, financiero y gerencia es base para comunicación adecuada y asertiva

El cumplimiento en contratación pública ya no es una opción estética, sino un requisito de supervivencia. Un programa de cumplimiento sólido permite:

  1. Mitigar riesgos sancionatorios: Ante un sistema que castiga con severidad las faltas éticas y procedimentales.
  2. Asegurar la continuidad del negocio: Evitando inhabilitaciones que podrían ser fatales para la estabilidad financiera y pérdida de participación
  3. Ventaja Competitiva: La transparencia y la trazabilidad en la preparación de ofertas generan confianza en una administración que, aunque a veces errática.

En conclusión, el 2026 nos presenta una contratación pública tecnológicamente avanzada pero jurídicamente fragmentada, siempre sometida al devenir de criterios y opiniones no pocas veces dinámicas, especialmente de la Contraloría General de la Repúlica. La clave del éxito para los actores involucrados radicará en la capacidad de adaptarse a la incertidumbre normativa mediante la profesionalización técnica y un compromiso inquebrantable con la integridad operativa.

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